jueves, 22 de mayo de 2008

El primero


El periodista Eduardo Kimel publicó en su primera edición de 1989, el libro que investiga el asesinato de los sacerdotes Palotinos Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, el 4 de julio de 1976, durante la última dictadura militar. El libro se llama "La masacre se San Patricio". Ni la justicia ni la iglesia hicieron nada por las víctimas ni sus familiares, sin embargo el único condenado fue el periodista por "injuriar" con su libro a Rivarloa, el juez que había estado a cargo de la investigación. Rivarola lo querello por calumnias e injurias.
En el 2001 el CELS (centro de estudios leagles y sociales) presentó el caso ante la CIDH.
El 2 de mayo de 2008 la Corte Interamericana dictó sentencia sobre el fondo, reparaciones y costas condenando al Estado argentino. Declaró que el Estado argentino violó el derecho a la libertad de expresión (arts. 13.1 y 13.2) en conjunto con el deber de adecuar las normas del derecho interno a las exigencias de la Convención (art. 2); el derecho a ser juzgado en un plazo razonable (art. 8.1); el principio de legalidad (art. 9) en conjunto con el deber de adecuar las normas del derecho interno a las exigencias de la Convención (art. 2).
Es decir, que la querella de Rivarola le genero la responsabilidad al Estado argentino y la primer sentnecia en contra del de Argentina por violación al derecho de libertad de expresión.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Me alegra esta sentencia, la verdad es que con todo lo que esta pasando ahora con la libertad de expresion y los agravio a la prensa por parte del estado, espero que esto le sirva como freno.

saludos,

andres

Frente de Choque dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

HOLA CHICOS!!! LLEGUE AL BLOG NAVEGANDO POR LA WEB. ESTA MUY BUENO EL BLOG, LOS FELICITO. SIGAN ASI.
ME PONE CONTENTA LA SENTENCIA. ME PARECE QUE ERA HORA QUE LA LIBERTAD DE EXPRESION SEA CONSAGRADA POR LA CORTE INTERAMERICANA. ES HORA QUE LOS JUECES Y EL PODER POLÍTICO TENGAN UN FRENO DE ESTE TIPO. ESPEREMOS QUE ASÍ SEA.

YAMILA,
TUCUMAN

Anónimo dijo...

Chicos, me falto aclarar en el post de Kimel, que obviamento uno de los abogados del CELS que realizo la petición fue nuestro amigo Alberto Bovino, como no podría ser de otra manera.
saludos,
Cl

Anónimo dijo...

Si bien considero que nos podemos expresar libremente,se tambien por otra lado que el gobierno pone muchas censuras indirectas. Tal vez con esto y como dijo Andrés el estado se limite un poco.
Por otra parte, que loco que un hecho q ocurrio en la dictadura tenga una sentencia favorable ahora despues de tanto tiempo, no será mucho?

bye,
javo

Alberto Bovino dijo...

Javo:

El hecho que originó la condena del Estado argentino no sucedió en la dictadura: se condenó al Estado argentino por la condena impuesta a Eduardo Kimel en la causa iniciada por la querella del ex-juez Rivarola (28 de octubre de 1991) que quedó firme con el rechazo de la queja por recurso extraordinario federal denegado (14 de septiembre de 2000).

Saludos,

AB